Jean-Pierre Bemba et. al. (Bemba II)

De izquierda a derecha: Jean-Pierre Bemba Gombo, Aimé Kilolo, Jean-Jacques Magenda Kabongo, Fidèle Babala Wandu y Narcisse Arido. © ICC
En 2016, Jean-Pierre Bemba y cuatro asociados fueron declarados culpables por cometer ofensas contra la administración de justicia bajo el artículo 70 del Estatuto de Roma durante el juicio a Bemba I en 2013. Las penas de prisión ya fueron cumplidas.
Case status: 
Trial
Regions: 
África
El ex-vicepresidente congolés y líder militar Jean-Pierre Bemba y cuatro asociados fueron acusados por manipulación de testigos durante el juicio 'Bemba I' en 2013. Este es el primer caso de la CPI vinculado con ofensas en contra de la administración de justicia de acuerdo con el artículo 70 del Estatuto de Roma. El juicio comenzó en septiembre de 2015. En octubre de 2016, la Sala de Primera Instancia VII declaró culpables a los cinco acusados por varias ofensas en contra de la administración de justicia por falso testimonio de los testigos de la defensa en el caso de El Fiscal vs. Jean-Pierre Bemba Gombo. El 22 de marzo de 2017, se dictaron sus sentencias. Los acusados apelaron, pero en marzo de 2018 sus sentencias fueron mayormente confirmadas. El 17 de septiembre de 2018, se dictaron nuevas sentencias para Bemba, Mangenda y Kilolo. Las condenas y las absoluciones de los cinco acusados son finales. Las penas de prisión ya fueron cumplidas.
Background: 

Presunta manipulación de testigos durante el juicio a Bemba I

Durante el juicio original de la CPI contra Bemba, que transcurrió de 2010 a 2016, la Fiscalía denunció una presunta conspiración para ejercer influencia indebida en ciertos testigos que participaban del juicio, esta incluía incentivos económicos e instrucciones para proveer falso testimonio. Bemba fue acusado de estar en el centro de la conspiración junto con cuatro asociados: dos miembros senior del equipo de la defensa de Bemba, un testigo de la defensa y un parlamentario congolés.

Charges: 

Órdenes de arrestos para Bemba y cuatro asociados

En noviembre de 2013, la Sala de Cuestiones Preliminares II emitió órdenes de arresto contra Jean-Pierre Bemba, Aimé Kilolo Musamba y Jean-Jacques Mangenda Kabongo (miembros del equipo de defensa de Bemba al momento que se habrían cometido los supuestos crímenes), Fidèle Babala Wandu (Mouvement pour la Libération du Congo [MLC] Secretario General Adjunto) y Narcisse Arido (testigo de la defensa en el caso Bemba I).

En las órdenes de arresto se los acusa de una conspiración para presentar documentos falsos o adulterados y sobornar personas para dar falso testimonio durante el juicio Bemba I. Todas estas son ofensas contra la administración de justicia de acuerdo con el artículo 70 del Estatuto de Roma de la CPI.

Cargos confirmados por interferencia con testigos

Luego de la detención de los cinco acusados, se llevó a cabo una audiencia de confirmación de cargos en noviembre de 2014. Cada individuo cuenta con distintos cargos dado que habrían desempeñado diferentes roles en la conspiración, pero todos ellos enfrentan múltiples cargos de acuerdo con el artículo 70.

Verdict: 

El 19 de octubre de 2016, la Sala de Primera instancia VII emitió su fallo y declaró culpable a los cinco acusados por varias ofensas en contra de la administración de justicia vinculadas con los falsos testimonios de los testigos de la defensa en el caso El Fiscal vs. Jean-Pierre Bemba Gombo

Sentencing: 

El 22 de marzo de 2017, la Sala de Primera Instancia VII emitió su decisión sobre las sentencias:

  • Jean-Pierre Bemba Gombo fue sentenciado a un año de prisión y una multa de EUR 300.000.
  • Aimé Kilolo Musamba fue sentenciado a 2 años y 6 meses de prisión y una multa de EUR 30.000. El tiempo que permaneció detenido fue descontado de su condena. La Sala ordenó la suspensión del plazo de prisión restante por un período de 3 años para que la sentencia no tenga efecto (i) si el Sr. Kilolo paga la multa; y (ii) a menos que durante dicho periodo el Sr. Kilolo cometa otra ofensa que sea condenable con prisión.
  • Jean-Jacques Mangenda Kabongo fue sentenciado a 2 años de prisión. El tiempo que permaneció detenido fue descontado de su condena. La Sala ordenó la suspensión del plazo de prisión restante por un período de 3 años para que la sentencia no tenga efecto a menos que durante dicho periodo el Sr. Mangenda cometa otra ofensa que sea condenable con prisión.
  • Narcisse Arido fue sentenciado a un total de 11 meses de prisión. El tiempo que permaneció detenido fue descontado de su condena. Dado que la sentencia es equivalente al período que el Sr. Arido permaneció en custodia, la Sala consideró que la sentencia había sido cumplida.
  • Fidèle Babala Wandu fue sentenciado a un total de 6 meses de prisión. El tiempo que permaneció detenido fue descontado de su condena. Dado que la sentencia es menor al período que el Sr. Babala permaneció en custodia, la Sala consideró que la sentencia había sido cumplida.

El 8 de marzo de 2018, la Cámara de Apelaciones confirmó las condenas en relación con la mayoría de los cargos. Las condenas y las absoluciones en relación con los cinco acusados son finales.

El 17 de septiembre de 2018, luego del fallo de la Cámara de Apelaciones, la Sala de Primera Instancia VII emitió las sentencias:

  • Sr. Bemba fue sentenciado a un año de prisión y multado con EUR 300.000.
  • Sr. Kilolo y el Sr. Mangenda fueron sentenciados cada uno a un total de 11 meses de prisión.
  • Sr. Kilolo también fue multado con EUR 30.000.
Challenges: 

Intereses de la justicia impiden volver a arrestar tras la libertad provisional

La Sala de Cuestiones Preliminares II ordenó la libertad provisional de Kilolo, Mangenda, Babala y Arido en octubre de 2014, y en enero de 2015 decidió que Bemba debía tener el mismo derecho si no estuviera en proceso judicial. Estas órdenes de libertad condicional fueron revertidas por la Cámara de Apelaciones en mayo de 2015 y el tema fue remitido a la Sala de Primera Instancia VII. En agosto de 2015, la Sala de Primera Instancia ordenó mantener la libertad de Kilolo, Mangenda, Babala y Arido. La Sala señaló que había pasado mucho tiempo para volver a arrestar los cuatro acusados y también indicó que la cantidad de tiempo que permanecieron en custodia antes del fallo final podría tornase desproporcionada en relación con la sentencia máxima disponible por crímenes contra la administración de justicia, en caso de ser detenidos durante el juicio.

Se precisan más acuerdos de cooperación voluntaria

Luego de la orden que permitió su libertad temporaria, la CPI tuvo el desafío de encontrar un Estado que pueda y tenga la voluntad de recibir a Mangenda, lo que provocó que sea liberado de manera tardía. Esto enfatiza la importancia de contar con una mayor cantidad de Estados con acuerdos de libertad temporal con la CPI, muy pocos hasta la fecha, con el fin de asegurar que los derechos de la defensa estén garantizados.
 

El caso sobre el artículo 70 ofrece una oportunidad a favor de la eficiencia

En la sesión de noviembre de 2015 de la Asamblea de Estados Partes al Estatuto de Roma, el presidente de la CPI propuso una enmienda a la Reglas de Procedimiento y Prueba (RPP) de la Corte para permitir un número reducido de jueces en las bancas de las instancias de instrucción, judiciales y de apelación en casos relacionados con el artículo 70. Dicha enmienda podría aumentar la capacidad de la Corte para juzgar casos de crímenes centrales y casos del artículo 70 en simultáneo. En febrero de 2016, los jueces usaron su poder para enmendar las RPP para permitir una reducción en las bancas judiciales. Aún debe ser aprobada por la Asamblea.