Mitos y verdades sobre la CPI

La Corte Penal Internacional y su tratado fundacional, el Estatuto de Roma, han sido objeto de acusaciones infundadas e informaciones erróneas desde su nacimiento. A continuación, encontrarán las aclaraciones pertinentes de algunos de los mitos más comunes sobre la CPI.

Mito: La CPI amenaza la soberanía nacional

Verdad: La CPI no reemplaza los sistemas de justicia nacionales—los complementa. La CPI puede investigar y, cuando corresponda, procesar y juzgar individuos solamente si los Estados implicados no pueden o no tienen la intención de hacerlo. Este tipo de situación puede presentarse cuando los procedimientos son indebidamente retrasados o buscan proteger individuos de sus responsabilidades penales. Esto es conocido como el principio de complementariedad, por medio del cual los sistemas nacionales tienen la prioridad de tratar sus propios casos. Los Estados tienen la responsabilidad primaria de juzgar a los responsables de los crímenes más serios. En resumen, la CPI no interfiere con la soberanía nacional, dado que conforma una corte de último recurso.

 

Mito: La CPI es una pérdida de dinero

Verdad: El presupuesto anual de la CPI de 200 millones de euros no es insignificante. Pero las investigaciones, procesamientos y juicios penales internacionales son operaciones complejas que requieren recursos humanos y materiales específicos. Por otro lado, los juicios no pueden llevarse a cabo de manera efectiva a menos que se complementen con una presencia sobre el terreno, protección de testigos, asistencia legal, difusión y participación de las víctimas. El presupuesto de la CPI debe reflejar estas necesidades.

El costo total de la CPI ha sido estimado para cubrir solo una porción de los gastos totales en los que se incurre actualmente en las investigaciones y procesamientos nacionales de crímenes similares.  Desde otra óptica, la justicia internacional cuesta una fracción de los miles de millones que se gastan para mantener la industria bélica y las operaciones de paz.

 

Mito: La CPI es un foro de casos con motivaciones políticas

Verdad: El Estatuto de Roma de la CPI contiene muchas medidas de seguridad para prevenir casos con motivaciones políticas. Por ejemplo, las investigaciones iniciadas por el fiscal de la CPI, deben ser primero aprobadas por la Sala de Cuestiones Preliminares. Además, todas las acusaciones requieren la confirmación de la Sala de Cuestiones Preliminares, la cual examinará la evidencia presentada para apoyar la acusación antes de publicarla. El acusado y cualquier país interesado tendrán la oportunidad de impugnar la acusación durante las audiencias de confirmación ante la Sala de Cuestiones Preliminares.

El fiscal y los magistrados de la CPI son objeto de un riguroso examen antes de ser elegidos y designados por la Corte. El tratado establece criterios estrictos para la selección del fiscal y los magistrados, que exigen expertos cuya reputación, integridad moral e independencia sean incuestionables.

 

Mito: La CPI apunta a África

Verdad: La CPI se ocupa de aquellos países - en todos los continentes - que han aceptado la jurisdicción de la Corte, o que cuenten con situaciones que han sido remitidas a la Corte por el Consejo de Seguridad de la ONU. Los países africanos han efectuado importantes contribuciones al establecimiento de la Corte y han participado en gran parte de la decisión de contar con una oficina independiente del Fiscal. En la propia Conferencia de Roma, algunas de las declaraciones más significativas acerca de la necesidad de una justicia internacional y de la CPI fueron realizadas por africanos. El Estatuto de Roma no hubiera podido ser adoptado sin el apoyo africano. Actualmente, África es la región mejor representada en la membresía de la Corte. La confianza y el apoyo entre la Corte y los países africanos no provienen solo de los gobiernos africanos, sino también de las organizaciones de la sociedad civil. La Corte también se ha visto beneficiada por la experiencia profesional de los africanos y de un número de africanos que ocupan puestos de alto nivel en todos los órganos de la Corte.

La mayoría de las investigaciones de la CPI se iniciaron por pedidos de gobiernos africanos o luego de un proceso de consultas con los mismos. Otras investigaciones se iniciaron luego de una remisión del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas, donde los gobiernos africanos también cuentan con una importante representación. Además de sus investigaciones formales, la Fiscalía de la Corte está llevando a cabo exámenes preliminares en varios países de cuatro continentes. La sociedad civil continúa trabajando para garantizar que las víctimas de todo el mundo puedan tener acceso a la justicia por los delitos más graves.

 

Mito: La participación de las víctimas en la CPI no aporta nada a los procedimientos

Verdad: Actualmente, la competencia de la CPI permite la participación de las víctimas en los procedimientos de las siguientes formas: Las víctimas puede participar en las declaraciones de apertura y cierre, pueden consultar el registro de los procedimientos, recibir notificaciones de todas las presentaciones públicas y confidenciales que afecten sus intereses personales y examinar evidencia si la Sala considera que esto podría ayudar a establecer la verdad. La participación de las víctimas aporta numerosos beneficios a los procedimientos legales y a las mismas víctimas.

La participación beneficia los procedimientos actuales de múltiples formas. Primero, la participación de las víctimas aporta información fáctica y cultural que puede ayudar a la CPI en el establecimiento de la verdad. De este modo, las víctimas brindan una ayuda invaluable a la Sala. La participación de las víctimas también contribuye a generar apoyo social a la CPI en el área geográfica de investigación. Todo esto contribuye a lograr un mayor impacto en los procedimientos de la CPI a nivel local.

Por otro lado, ha sido demostrado que la participación tiene un propósito de aprendizaje. Principalmente a través del intercambio con sus representantes legales, las víctimas aprenden sobre el Estado de derecho, sus derechos y sobre el mandato de la Corte. Empoderadas con dicha información, las víctimas tienen más posibilidades de reclamar sus derechos en el futuro.

Al empoderar a las víctimas, brindarles autonomía y concreción, la participación también ayuda a promover la sanación y la rehabilitación individual. En otras palabras, al permitir a la víctima a participar en el procedimiento, la justicia abstracta puede adquirir una dimensión más personal, permitiendo a las víctimas "experimentar" la justicia. La participación también reconoce el sufrimiento de las víctimas, y por tanto puede constituir una reparación en forma de satisfacción. De este modo, puede sentar las bases para la reconciliación en las comunidades afectadas.