El buque Mavi Marmara
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Coalición por la CPI

El 2 de septiembre de 2019, la Cámara de Apelaciones de la Corte Penal Internacional (CPI) ordenó a la Fiscal de la CPI que reconsidere su decisión de no iniciar una investigación sobre el ataque de las fuerzas israelíes sobre el buque de las Comoras conocido como Mavi Marmara. 

Los jueces, por amplia mayoría, ordenaron a la Fiscalía reconsiderar su decisión del 6 de noviembre de 2014 de no iniciar una investigación sobre la situación de los “Buques registrados de las Comoras, Grecia y Camboya.”

El Mavi Marmara era uno de los barcos que formaban parte de la Flotilla de Asistencia Humanitaria destinada a Gaza que fue atacada por las Fuerzas de la Defensa Israelí el 31 de mayo de 2010.

La Sala de Cuestiones Preliminares I (SCP) también determinó que la Fiscalía debe reconsiderar si se garantizó una investigación para la situación que involucra Mavi Marmara y que debe emitir una decisión para el 2 de diciembre de 2019.

El 14 de mayo de 2013, las autoridades de la Unión de las Comoras, un Estado Parte al Estatuto de Roma, remitió la situación que involucra al Mavi Marmara a la CPI.

El 6 de noviembre de 2014, la Fiscalía decidió en contra del inicio de una investigación formal sobre la situación luego de concluir que “los posibles casos potenciales que puedan surgir de una investigación sobre este incidente no serían de ‘gravedad suficiente’ para justificar otras acciones por parte de la CPI”.

La Unión de las Comoras se acercó a la CPI para pedir a la Fiscalía que reconsidere su decisión del 6 de noviembre de 2014. La Sala de Cuestiones Preliminares de la CPI dio curso a la solicitud de Comoras el 16 de julio de 2015.

El 29 de noviembre de 2017, la Fiscalía reafirmó su decisión anterior y rechazó la apertura de una investigación en esta situación.

En noviembre de 2018, la SCP I dio curso a la nueva aplicación de la Unión de las Comoras para que la decisión sea revisada judicialmente, la Fiscalía la apeló en febrero de 2019.

En la decisión del 2 de septiembre, la Cámara de Apelaciones destacó que, al reconsiderar su decisión anterior, la Fiscalía debe considerar “las indicaciones específicas” establecidas por la SCP en su decisión del 16 de julio de 2015 y por la decisión de la misma Cámara de Apelaciones.

Como resultado, también se espera que la Fiscal reconsidere, entre otros elementos, si los presuntos crímenes fueron cometidos de forma sistemática o de acuerdo a un plan o política para atacar civiles.

En este aspecto, la Cámara de Apelaciones estableció que la Fiscal no siguió las interpretaciones legales de la SCP al momento de reconsiderar su decisión inicial. En consecuencia, la Cámara de Apelaciones estableció que la SCP no falló cuando ordenó a la Fiscal llevar a cabo una nueva reconsideración de su decisión de no investigar.

Para obtener más información sobre el caso, lea nuestro documento procesal del caso.